Se acerca el fin de año y, probablemente, te quedan días de
vacaciones. Has de saber que:
- Los
días de vacaciones deben disfrutarse dentro del año natural. Indra, de
manera unilateral, acepta que puedas realizarlas hasta marzo del año
siguiente.
- Los
días de libre disposición deben
disfrutarse dentro del año natural, NO SE PUEDEN POSPONER.
Simplemente, se pierden.
- Tienes
derecho a conocer tus vacaciones con 2 meses de antelación a la fecha de disfrute. Por lo tanto, si
las solicitas con esa antelación, la empresa tiene la obligación de
informarte de la viabilidad de realizarlas; en caso de no contestar antes
de ese plazo, se entiende que puedes disfrutarlas. En caso que la empresa
te las deniegue, tendrá que justificarte el porqué.
- Nadie
puede obligarte a consumir tus vacaciones sin pactarlas.
La empresa ha sido denunciada ante Inspección de
Trabajo para que permita solicitar las vacaciones vía el
sistema de imputaciones, de forma que quede constancia de la solicitud. Ante
la negativa reiterada por parte de la empresa, ésta ha sido multada por
vulneración grave de los derechos de los trabajadores (artículo
38.3 de los Estatutos de los Trabajadores). Seguimos abiertos a la negociación
con Relaciones Laborales para implantar un sistema de solicitud que permita
defender nuestros derechos laborales, aunque de momento la empresa no está por
la labor y prefiere destinar recursos a sanciones que a mejorar nuestras
condiciones de trabajo.
Es por ello que si te quedan vacaciones pendientes, y no las has solicitado, te
recomendamos que envíes una petición a tu responsable lo antes posible. En caso
de negativa injustificada no dudes en ponerte
en contacto con nosotros.